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Administración de sueldos y salarios


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1. Elementos para el cálculo de sueldos y salarios

A lo largo de este texto interactivo, identificarás los elementos necesarios para realizar el cálculo de sueldos y salarios, así como los tipos de jornada, los días de descanso, el cálculo de vacaciones, el aguinaldo, la prima de antigüedad, la recisión de relación laboral, el deceso del trabajador y la participación de los trabajadores en las utilidades.

Para poder efectuar el cálculo de salarios y sueldos, según la Ley Federal del Trabajo, debes conocer de cuántos días se compone una semana, una quincena, un mes y un año.


Debes diferenciar los tipos de jornada e identificar el número de horas de cada una, así como el horario en el cual el trabajador debe realizar las actividades por las que se le contrató, tal y como se muestra en el siguiente gráfico:



Entre las seis y las veinte horas (ocho horas)

Entre las veinte y las seis horas (siete horas)

Comprende períodos de tiempo de las jornadas diurna y nocturna, siempre que el período nocturno sea menor de tres horas y media, pues si comprende tres y media o más, se reputará jornada nocturna (siete y media horas)


Además, debes conocer los días de descanso obligatorio determinados por la Ley Federal del Trabajo, con el fin de respetar los derechos y las obligaciones de las y los trabajadores. En México, los días de descanso obligatorio son los siguientes:




2. Sueldos y salarios

Artículo 82. LFT - El salario es la retribución que debe pagar el patrón al trabajador por su trabajo.

La definición de sueldo es idéntica a la de salario, pero la diferencia entre estos dos términos radica en sus características; para ello, revisa la siguiente tabla:


Sueldo Salario

Definición

Remuneración recibida por un trabajador como pago por sus servicios profesionales.

Remuneración recibida por un trabajador como pago por sus servicios profesionales.

Características

  • Es una cantidad fija.
  • Se calcula con base en la cantidad de días de trabajo, carga horaria, aptitudes, cargo.
  • Es una cantidad variable.
  • Se calcula con base en unidades de tiempo trabajadas (horas o días).


Prima dominical

En la Ley Federal del Trabajo, se procurará que el día de descanso semanal sea el domingo; y las personas que presten servicio en domingo tendrán derecho a una prima adicional de un veinticinco por ciento, por lo menos, sobre el salario de los días ordinarios de trabajo. A este adicional se le denomina prima dominical.

A continuación, enlistamos algunos otros elementos que también deberás considerar al momento de calcular los sueldos o salarios:

  • Horas extras: al doble (después de 9 horas a la semana: al triple)
  • Trabajar en domingo: 25 % del salario diario como prima dominical
  • Trabajar el día de descanso: al triple
  • Trabajar un día festivo: al triple


Ejemplos:

1. Benjamín Rodríguez laboró el 1º de enero de este año, día festivo oficial. ¿Cuánto percibirá por trabajar ese día si su salario mensual es de $8750.00?



2. Por exceso de trabajo, un empleado laboró horas extras esta semana: tres el lunes, dos el miércoles y tres el viernes. Si su salario diario es de $306.80, ¿cuánto percibirá por estas horas?



3. Sofía Escudero es diseñadora en una tienda departamental y, por excepción, laborará el domingo, que es su día de descanso obligatorio, previendo el contrato colectivo el pago de la prima dominical por un monto de 25 %. ¿Qué cantidad deberá percibir por este día si su salario diario es de $733.33 pesos?



3. Vacaciones

Artículo 76. LFT - Los trabajadores que tengan más de un año de servicios disfrutarán de un período anual de vacaciones pagadas, que en ningún caso podrá ser inferior a seis días laborables y que aumentará en dos días laborables, hasta llegar a doce, por cada año subsecuente de servicios. Después del cuarto año, el período de vacaciones aumentará en dos días por cada cinco de servicios.

Artículo 81. LFT - Las vacaciones deberán concederse a los trabajadores dentro de los seis meses siguientes al cumplimiento del año de servicios. Los patrones entregarán anualmente a sus trabajadores una constancia que contenga su antigüedad, de acuerdo con ella, el período de vacaciones que les corresponderá y la fecha en que deberán disfrutarlo.

  • Sueldo normal + 25% prima vacacional
  • 6 meses para gozarlas

Años laborados Días de vacaciones

1 *

6 días

2*

8 días

3

10 días

4

12 días

5 - 9**

14 días

10 - 14**

16 días

15 - 19

18 días

20 - 24

20 días

* Aumenta 2 días x año
** Aumenta 2 días cada 5 años




Ejemplos:

1. Determinar el periodo de vacaciones, así como el pago y la prima vacacional correspondientes, de un trabajador que cumple 14 años de servicio y que tiene un salario quincenal de $6380.00.



2. Calcular el período, pago y prima de vacaciones de un trabajador que acumula 12 faltas injustificadas en el tercer año de servicios y cuyo salario diario es de $145.00.




4. Aguinaldo

Artículo 87. LFT – Los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día veinte de diciembre, equivalente a quince días de salario, por lo menos.

Los que no hayan cumplido el año de servicios, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieren trabajado, cualquiera que fuere éste.

  • 15 días de salario
  • Fecha límite para entregarlo: 20 de diciembre

Ejemplo:

1. Salario diario: $150.00



5. Prima de antigüedad

Artículo 87. LFT – Los trabajadores de planta tienen derecho a una prima de antigüedad, de conformidad con las normas siguientes:

  1. La prima de antigüedad consistirá en el importe de doce días de salario, por cada año de servicios;
  2. Para determinar el monto del salario, se estará a lo dispuesto en los artículos 485 y 486.

¿Cómo se determina la prima de antigüedad?

Para determinar el monto de esta prima y el salario a aplicar se debe atender lo dispuesto en los numerales 485 y 486 de la LFT, estos señalan que la base de pago es la cuota diaria que percibe el trabajador y que este pago debe ser menor al salario mínimo del área geográfica en donde se presta el servicio. Si el trabajo se presta en lugares de diferentes áreas geográficas de aplicación, el salario máximo a considerar es el doble del promedio de los salarios mínimos respectivos.

Para calcular la prima de antigüedad debes:

  • Determinar el salario diario: tomar el monto total del salario mensual vigente y dividirlo entre los 20 días laborales, como lo estipula la Ley Federal de trabajo de México.
  • Multiplicar el salario diario: tomar el monto del salario diario y multiplicarlo por 12 días, los cuales son establecidos por la LFT.
  • Calcular la prima de antigüedad: multiplicar los 12 días de salarios por la cantidad de años de servicios prestados por el empleado.

Los artículos 54 y 162 de la LFT determinan los derechos la prima de antigüedad corresponde únicamente a los trabajadores contratados por tiempo indefinido, siempre y cuando:

  • Tengan 15 años de servicios por lo menos, en caso de renuncia o mutuo acuerdo de voluntades

O cuando se trate de:

  • Despido justificado (rescisión) o injustificado (sin motivo legal)
  • Fallecimiento del trabajador


Ejemplo:

1. Luego de 15 años de servicios prestados, un trabajador que percibe un sueldo base de $1131.00 renuncia voluntariamente. Calcula el monto de la prima de antigüedad.



6. Rescisión de la relación laboral

Artículo 46. LFT – El trabajador o el patrón podrán rescindir en cualquier tiempo la relación de trabajo, por causa justificada, sin incurrir en responsabilidad.

Finiquito

Puede ser por:

  • Renuncia voluntaria
  • El mutuo consentimiento de las partes, de acuerdo con el artículo 53 fracción I de la LFT
  • Finalización de contrato laboral por tiempo definido
  • Despido justificado. En el artículo 47 de la LFT se describen las causas que derivan en una rescisión de relación de trabajo sin responsabilidad de la empresa: mentir sobre grados académicos; falta grave de probidad u honradez, violencia y ataques, entre otras

Cabe mencionar que el finiquito está compuesto por:



Datos que debes considerar para calcular el finiquito:

  • Sueldo bruto
  • Sueldo neto
  • Años laborados
  • Días de vacaciones
  • Meses laborados durante el año
  • Meses transcurridos de la fecha de ingreso al mes de la renuncia, generalmente se calcula de mes a mes


Ejemplo:

1. Cálculo del finiquito que le corresponde a un trabajador a partir de los siguientes datos:

  • Salario diario: $100.00
  • Aguinaldo: 15 días
  • Vacaciones: 6 días por año
  • Prima vacacional: 25 %

A. Cálculo del aguinaldo:

  • Salario diario: $100.00
  • Aguinaldo: 15 días
  • Días trabajados: 182



B. Cálculo de vacaciones:

  • Salario diario: $100.00
  • Días de vacaciones: 6
  • Días trabajados: 182



C. Cálculo de prima vacacional:



D. Finiquito:




7. Deceso del trabajador

De conformidad con el artículo 53 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), la muerte del trabajador es una causal de terminación de la relación laboral; en esta situación, el patrón debe cubrir al beneficiario el finiquito correspondiente integrado por parte proporcionales de aguinaldo, vacaciones, prima vacacional, prima de antigüedad, salarios devengados y no pagados y cualquier otra prestación pendiente de pago.

Si el trabajador fallece por riesgo de trabajo sin estar asegurado, el patrón deberá pagar a la familia:

  • 730 días (2 años) de salario
  • 2 meses de salario para cubrir gastos funerarios
  • Prima de antigüedad + Finiquito


Ejemplo:

1. Las prestaciones que percibirán los beneficiarios de un trabajador que ha fallecido por causas no profesionales al cumplir 4 meses en una empresa con un salario diario de $65.33 y prestaciones legales.





8. Participación de los trabajadores en las utilidades (PTU)

La participación de los trabajadores en las utilidades, PTU, se trata de una prestación que todos los patrones deben otorgar a los colaboradores de una empresa.

Artículo 117. LFT – Los trabajadores participarán en las utilidades de las empresas de conformidad con el porcentaje que determine la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas.

Artículo 123. LFT – La utilidad repartible se dividirá en dos partes iguales: la primera se repartirá por igual entre todos los trabajadores, tomando en consideración el número de días trabajados por cada uno en el año, independientemente del monto de los salarios. La segunda se repartirá en proporción al monto de los salarios devengados por el trabajo prestado durante el año.

Los patrones deben repartir el 10 % de la renta gravable al año entre sus trabajadores, considerando su salario y los días trabajados en ese año.

El 10 % de la renta gravable se divide en dos para obtener el factor días y el factor salarios; después el factor días se divide por el total de días trabajados por los empleados y el factor salario se divide por el total de salarios obtenido por los días trabajados.



Ejemplo:


Nombre Puesto Días trabajados Salarios obtenidos por días trabajados

José Luis Salazar

Chofer

365

$7,550.00

Sara Rivas

Asistente

360

$10,324.00

Lorena Gómez

Capturista

355

$7,885.00

Ramón Ortiz

Ayudante

340

$6,800.00

Con un total de 1,420 días trabajados y $32,559.00 por salarios obtenidos por días trabajados.


Con una renta gravable por: $60,000


Nombre

Total de reparto por días

(días trabajados * factor días)

Total de reparto salarios

(salario * factor salarios)

Total de reparto utilidades

(reparto por días + reparto salarios)

José Luis Salazar

$771.099

$695.355

$1,466.45

Sara Rivas

$760.536

$950.840

$1,711.376

Lorena Gómez

$749.973

$726.208

$1,476.18

Ramón Ortiz

$718.284

$626.28

$1,344.56

Totales

$2,999.892

$2,998.683

$5,998.566


Los resultados totales finales de cada columna son un mecanismo de comprobación para verificar que la distribución del PTU fue correcta en cada trabajador; para ello, se recomienda tomar en cuenta tres decimales.



9. Referencias bibliográficas

Ley Federal de Trabajo (2021)



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